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1ª Edición / 122 págs. / Rústica / Castellano / Libro
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El conjunto de relaciones entre urbanismo, catastro y tributos locales que, como señala la STS 18 junio 2020, no siempre se manifiestan en un escenario armónico, constituye el objeto esencial de la presente monografía. Desde una minuciosa y detallada perspectiva jurisprudencial, se presentan algunas de las cuestiones esenciales a las que se enfrenta el ciudadano de un municipio cualquiera cuando ve que el planeamiento (general o sectorial) de su ciudad es anulado, o la Ponencia de Valores, sustentada en ese mismo instrumento, es declarada nula (total o parcialmente) y se deben afrontar importantes repercusiones tributarias. Tras una breve referencia a la configuración jurídica de los Planes Generales de Ordenación Urbana, las causas de nulidad que les afectan y los efectos que de la misma se pueden derivar, se abordan cuestiones de indudable relevancia práctica, tales como: 1) La posibilidad, esbozada en las SSTS 4 marzo 2020 y 27 mayo 2020, de apreciar nulidad parcial del instrumento de planeamiento y no total; 2) Las situaciones en las que la realidad urbanística y la catastral no siempre coinciden y la obligación de corregir el Catastro tras la nulidad del planeamiento general; 3) El entendimiento de que la Ponencia de Valores no es un acto de aplicación o desarrollo del planeamiento, pero si el planeamiento que le sirve de base es anulado puede ser anulada igualmente (STS 23 julio 2020); 4) La Impugnación de la liquidación tributaria como medio de modificación de la clasificación del suelo y del valor catastral como consecuencia de circunstancias excepcionales sobrevenidas, lo que posibilita la recuperación de lo indebidamente ingresado; 5) La actual situación de la plusvalía municipal y la puerta abierta por diversas sentencias del Tribunal Supremo de la responsabilidad patrimonial del Estado legislador por aplicación de una norma declarada inconstitucional. Culminando el trabajo con el estudio de un caso concreto, un municipio de la provincia de Cádiz, cuyo PGOU ha sido reiteradamente anulado por los tribunales de justicia. Todo ello hace del presente trabajo un instrumento de indudable valor para el aplicador del derecho