¿Aún no tienes una cuenta? Crea una ahora y accede a tus listas favoritas, tu histórico de cuentas y muchas más cosas...
Pedidos y atención al cliente
TLF: 963 392 051 / FAX: 963 615 480
En todos aquellos que, durante las últimas décadas, hemos vivido -unas veces como protagonistas, otras como espectadores y siempre con esperanza- el largo proceso de reforma de la legislación concursal española, la culminación de esa ingente tarea suscitaba un imperativo ético: el de contribuir, en la medida de nuestras fuerzas, a la mejor comprensión del nuevo derecho. Para complir con este deber lo más conveniente, o, al menos, lo más urgente, era explicar los textos legales. He aquí la idea mariz de este Comentrio: comencemos por saber lo que la Ley dice -y lo que no dice-; comencemos por averigura el sentido de todas y cada una de las normas que contiene. Si pretendemos comprenderla, comencemos por conocerla. La tarea es humilde, pero imprescindible. Encierto modo, la evolución de una disciplina jurídica exige reproducir la historia de la ciencia del Derecho, en que utilicemos para referirnos a ella. Por supuesto, en el momento presente, la pura exégesis ya no es posible. En la actual fase de la ciencia jurídica, el comentarista, quiéralo o no, es mucho más que una exégeta, porque, pertrechado de cultura jurídca plurisecular, lleva en la mochila del pensamiento un instrumental más complejo que el pico y la pala de quienes en los albores de la ciencia del derecho se enfrentaban casi desnudos a los textos jurídicos. Pero hay algo que acomuna al exégeta de ahora y al de entonces: es la voluntad de averiguar lo que dice la ley -lo que dice, lo que sugiere, lo que calla- olvidándose de lo que quizás debería decir y, sobre todo, de lo que quisiéramos que hubiera dicho.