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Pr. Luis Mª Díez-Picazo El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha declarado recientemente en su sentencia Odièvre contra Francia la compatibilidad con el Convenio... del tradicional sistema de parto anónimo francés, en virtud del cual una mujer que da a luz puede ocultar su identidad frente a toda persona, incluido el hijo biológico que fue dado en adopción. La reciente creación en Francia de un órgano colegiado que, sin cuestionar el derecho de la mujer a no revelar su identidad, ejerza una función de mediación en aquellos casos en los que una persona solicite conocer la identidad de sus progenitores biológicos ha sido considerado por los jueces como el elemento decisivo para estimar la compatibilidad del sistema francés con el standard mínimo de protección otorgado por el Convenio. Tomando como punto de partida dicha sentencia, el presente trabajo analiza el estado de la cuestión en el ordenamiento jurídico español y en la jurisprudencia del Tribunal Europeo, poniendo de relieve las dificultades que un posible reconocimiento del derecho a conocer la propia filiación biológica plantea en el ámbito del Derecho civil y de los derechos fundamentales, así como en relación con el papel que debe jugar la Administración en la solución de conflictos entre particulares. A través de este estudio se intenta dar respuesta a algunos de los interrogantes que en torno a esta compleja cuestión se suscitan: ¿existe un derecho a conocer el propio origen biológico?, si es así, ¿debe éste prevalecer sobre el derecho a la intimidad de la madre?, ¿tiene la Administración la obligación de entregar los documentos que obren en su poder relativos a la identidad de la madre biológica?