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Pese al gran volumen de asuntos planteados ante los tribunales españoles con relación al cómputo recíproco de cotizaciones ni la doctrina científica ni el legislador español se han planteado seriamente hasta ahora la tarea de sistematización de su régimen jurídico. Late la convicción generalizada de que se trata de un supuesto marginal, puesto que la existencia de múltiples regímenes de seguridad social constituye teóricamente una disfunción del sistema. La realidad, no obstante, es muy diferente: la atipicidad horizontal (por pluriactividad sucesiva durante la vida activa del trabajador) es un fenómeno tan normalizado como la tan denunciada atipicidad vertical. A poco que se apliquen los más elementales cálculos aritméticos resulta evidente que la pluriactividad sucesiva da lugar a prestaciones inferiores a las que se producen en contextos de trabajo homogéneo. Este panorama desolador se completa con la desconfianza hacia el emigrante retornado que deriva de la aplicación en España de las normas de cómputo recíproco internacional (fundamentalmente comunitario). El presente trabajo sistematiza por primera vez desde una perspectiva dinámica y global el régimen jurídico del cómputo recíproco de cotizaciones y aborda con espíritu crítico sus deficiencias y perspectivas.