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El régimen de las insolvencias punibles aparece marcado por el eterno interrogante que se cierne sobre la convivencia entre los delitos de alzamiento de bienes y los delitos concursales. Pese al conato de derogación del delito concursal en 2003, ningún legislador se ha atrevido, hasta el momento, a despenalizar alguno de los dos bloques de conductas punibles. Por el contrario, la LO 1/2015 concede un protagonismo sin precedentes a las figuras delictivas vinculadas al presupuesto objetivo del concurso de acreedores y, a su vez, desdibuja las relaciones entre ambas infracciones delictivas. El legislador, a contracorriente de la interpretación jurisprudencial que venía excluyendo el castigo penal de la gestión indebida o irregular del propio patrimonio, ha tipificado conductas de esta clase. Esta decidida orientación punitiva, que alcanza incluso al deudor consumidor, propicia que comportamientos arriesgados o poco acertados realizados en situación de insolvencia puedan recibir una respuesta jurídico-penal. La incriminación de la imprudencia o la incorporación de cláusulas indeterminadas que colisionan con la seguridad jurídica, como la relativa a la justificación económica o empresarial, convierten a estos delitos en una fuente inagotable de dudas. Con el propósito de proporcionar una respuesta a estas y a otras cuestiones, esta obra ofrece, desde una perspectiva eminentemente práctica, las claves interpretativas necesarias para aproximarse a estas figuras delictivas. La autora, tomando como punto de partida las obligaciones del deudor en la legislación extrapenal, esboza un tronco común conformado por cuatro elementos esenciales: el bien jurídico, la naturaleza jurídica, el concepto de insolvencia y los espacios de riesgo permitido del deudor.