El poder disciplinario y la negociación colectiva

El poder disciplinario y la negociación colectiva
Recomendar a un amigo Añadir a mis libros
No disponible


ABREVIATURAS PRÓLOGO INTRODUCCIÓN Capítulo I EL PODER DISCIPLINARIO 1. El contrato de trabajo: contrato o institución 1.1. Teoría contractualista 1.2. Teoría institucionalista 2. El contrato y la negociación colectiva 3. Naturaleza del poder disciplinario 3.1. El poder disciplinario como autotutela privada 3.2. La relación entre el poder disciplinario y el poder de dirección 4. Responsabilidad contractual y responsabilidad diciplinaria Capítulo II RÉGIMEN JURÍDICO DEL PODER DISCIPLINARIO Y DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA 1. La normativa comunitaria 2. Los convenios y las recomendaciones de la OIT 3. Los principios y las garantía constitucionales 3.1. La inmediatez en el ejercicio del poder disciplinario 3.2. El derecho de defensa del trabajador 4. El Estatuto de los Trabajadores. Consideraciones generales sobre el artículo 58 del Estatuto de los Trabajadores Capítulo III LAS INFRACCIONES DISCIPLINARIAS 1. Concepto de infracción disciplinaria 2. Caracteres de la infracción disciplinaria 3. Clasificación de los incumplimientos sancionables 3.1. La acción del poder disciplinario 3.2. La reincidencia 4. Las infracciones disciplinarias en los convenios colectivos 4.1. Infracciones en cuanto a la prestación básica del trabajo 4.2. Infracciones relacionadas con la conducta del trabajador Capítulo IV LAS SANCIONES DISCIPLINARIAS 1. Concepto y naturaleza jurídica de la sanción disciplinaria 2. El cuadro de las sanciones disciplinarias 2.1. Las sanciones correctivas PRUEBA DE LECTURA Aunque suene a tópico, porque no hay objeto de estudio jurídico laboral -tal vez ni objeto de estudio jurídico, quizás ni siquiera objeto estudio analizado sea cual sea su ámbito de conocimiento- del que no se diga que lo es, acercarse al fenómeno del poder disciplinario empresarial es acercarse a uno de los fenómenos más raros e interesantes -apasionante creo que es un epíteto excesivo para el Derecho- me atrevo a decir, ahora sí, no sólo del Derecho del Trabajo, sino del Derecho en general. En mi opinión, su sola existencia justifica esta rama del Derecho con su carácter tuitivo y sus particulares e interesantes principios específicos y frente a vaivenes centrífugos y centrípetos que alargan o encogen el ámbito de aplicación del Derecho del Trabajo, creo que la existencia del poder disciplinario empresarial y su juridificación garantiza, frente a previsiones más o menos apasionadas de uno y otro lado -y los lados aquí son, claro, el económico y el social- que ni el Derecho del Trabajo está en peligro ni caminamos irremisiblemente hacia su extinción, lo cual no deja de ser una paradoja, porque es el fenómeno que más repugna a la consideración de la parte débil del contrato de trabajo el que, lejos de ser proscrito por el Derecho del Trabajo, se incorpora a él y garantiza su existencia y así el carácter tuitivo que embrida dicho poder, que como todos los poderes, desde luego corrompe en modo directamente proporcional a su dimensión, según el feliz pensamiento de Lord Acton que cuando se alcanza cierta edad deja de vislumbrarse someramente para percibirse con una nitidez sobrecogedora. Tal vez esta última circunstancia, el que el poder disciplinario se vuelve más peligroso -más alejado de su finalidad jurídica-, cuanto más extenso, sea la que ha llevado al legislador tradicionalmente a dedicarle una juridificación pequeña, muy pequeña, tanto adjetiva como sustantiva y sobre todo, en mi opinión, muy utilitaria, lo que es un doble acierto porque sólo las normas simples son dominables y así cumplibles y porque no se pierden en disquisiciones cuya sutileza, buena para el diletantismo, termina convirtiéndose en una pesadilla de inseguridad jurídica en un mar de interpretaciones finísimas e... inapreciables. En fin, el carácter particular del poder disciplinario empresarial resulta tan peculiar por fortuna, que ni cabe en los esquemas del derecho de obligaciones y contratos civil -en el que el poder de autotutela es (y debe ser) anecdótico- ni en el lado opuesto, en los esquemas del poder público sancionador -que como ultima ratio no tiene otro remedio que cercenar la libertad de quien lo sufre (lo merezca o no, que esa es otra discusión)- y digo por fortuna porque ello nos ha ahorrado en buena parte enormes extensiones de las doctrinas civiles y penales a este tan peculiar fenómeno. 2.2. El despido como sanción disciplinaria 3. La proporcionalidad de la sanción 4. La prescripción de la sanción 4.1. La prescripción en la negociación colectiva 4.2. El principio non bis in idem 5. Las sanciones disciplinarias en los convenios colectivos 5.1. El traslado forzoso 5.2. Las limitaciones o prohibiciones para el ascenso 5.3. La suspensión de empleo y sueldo 5.4. El despido Capítulo V EL PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO 1. Las garantías constitucionales 2. Las formalidades del despido disciplinario 2.1. La comunicación escrita 2.2. El expediente disciplinario 2.3. Otras formalidades 2.4. La inobservancia de la forma Capítulo VI EL PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO EN LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA 1. El procedimiento disciplinario en la negociación colectiva 2. El control judicial sobre el ejercicio del poder disciplinario 2.1. La resolución judicial a) La sentencia confirmatoria de la procedencia de la sanción b) La revocación de la sanción por el fallo c) La nulidad de la sanción 2.2. La recurribilidad de la sentencia BIBLIOGRAFÍA RELACIÓN, POR ORDEN CRONOLÓGICO, DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS EXAMINADOS

Introducir comentario
últimos libros visitados
Libros escritos por
Si no se cargan automáticamente los resultados, pulse aqui para cargar