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Pese a la raigambre histórica del recurso de lesividad y ser, durante mucho tiempo, el único instrumento jurídico de modificación de actos administrativos declarativos de derechos, es un tema abandonado por los investigadores al haberse trasladado los esfuerzos doctrinales, desde 1957, hacia el estudio de las potestades administrativas de revisión de actos administrativos por constituir una novedad en nuestro ordenamiento jurídico. La reducción del ámbito de dichas potestades administrativas, a partir de 1999, y la existencia de numerosas reformas legislativas, que afectan a la institución, han aconsejado a su autor a reformar el estudio de un tema tradicional en nuestro Derecho Administrativo, que se resiente de casi cincuenta años de abandono.