Guía práctica para impugnar la plusvalía municipal tras la declaración de inconstitucionalidad

Guía práctica para impugnar la plusvalía municipal tras la declaración de inconstitucionalidad
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TOTALMENTE ADAPTADA A LA SENTENCIA DEL PLENO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL de 11 de mayo de 2017, que declara que el contribuyente no debió pagar la plusvalía en ningún punto del Estado si por la transmisión de un inmueble obtuvo pérdidas. Confirma, asimismo, el criterio de las Sentencias de 16 de febrero y de 1 de marzo de 2017, en las que el Tribunal Constitucional procedió a declarar inconstitucional el sistema impositivo de la plusvalía municipal (IMIVTNU), ya que en su regulación actual no se permite al contribuyente acreditar la existencia de merma en la transmisión de inmuebles. Así pues, con la nulidad se abre la posibilidad de recuperar el Impuesto abonado en el caso de una venta o transmisión a pérdidas. ¿Sabemos cómo funciona la plusvalía? ¿Cuáles son los diferentes métodos para reclamar lo indebido? ¿Qué prueba del decremento se admite? Las respuestas a estas y otras cuestiones se resuelven en la presente obra. Introducción. El germen del problema Capítulo primero. ¿Cómo funciona el IIVTNU? 1. ¿Qué grava el impuesto? 2. ¿Qué incrementos de valor no están sujetos al impuesto? 3. ¿Qué incrementos de valor están exentos del impuesto? 4. ¿Quién es el sujeto pasivo del impuesto? 5. ¿Qué plazo hay para presentar el impuesto? 6. ¿Cuánto se paga por este impuesto? Capítulo segundo. Cómo recurrir y qué hago con la deuda mientras recurro 1. Recurrir no es lo mismo que pagar un impuesto 2. ¿Cuál es el plazo para recurrir? 3. ¿Qué recurso debo interponer? 4. ¿Cómo afecta a los contribuyentes la sentencia que ha declarado inconstitucional el IIVTNU en los supuestos en que no existe incremento de valor del terreno? 5. ¿Qué puedo hacer con la deuda tributaria que se me exige mientras recurro? 6. ¿Qué plazo tengo para pagar, solicitar un aplazamiento o fraccionamiento o la suspensión de la deuda? 7. ¿Qué pasa si dejo pasar el plazo sin pagar o sin solicitar el fraccionamiento o la suspensión de la deuda? Capítulo tercero. La fórmula de cálculo del IIVTNU? ¿sigue siendo un argumento válido para recurrir? 1. El origen: La sentencia de 21-9-2010 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Cuenca 2. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha 3. La reacción de la Administración: La Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y la Dirección General de Tributos (DGT) 4. Algunas reacciones posteriores: La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 20-7-2015 y el Auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de San Sebastián de 5-2-2015 5. ¿Estamos ante un debate cerrado?: Las sentencias del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 15 de Madrid 6. Conclusión Capítulo cuarto. ¿Debo pagar el IIVTNU si el valor del terreno no se ha incrementado? 1. Planteamiento de la cuestión: Hecho imponible versus Base imponible 2. Primeros pronunciamientos: El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña 3. El criterio de la Administración: El TEAR de Navarra y la Dirección General de Tributos 4. Algunas reacciones posteriores: Apoyo masivo de los Tribunales Superiores de Justicia 5. Conclusión Capítulo quinto. ¿A quién corresponde probar que no se ha producido un incremento del valor del terreno? 1. El criterio mayoritario: La carga de la prueba corresponde a los contribuyentes 2. ¿Y si es la Administración la que debe probar que el valor del terreno se ha incrementado? 3. Conclusión Capítulo sexto. ¿Bastan las escrituras de adquisición y transmisión para probar que el valor del terreno no se ha incrementado? 1. ¿Son válidas las escrituras como única prueba del incremento de valor? 2. ¿Y qué dicen los Juzgados y Tribunales? 3. ¿Cuál es la prueba idónea para respaldar la valoración que conste en las escrituras? 4. El informe pericial: ¿Qué contenido debe tener y cuándo aportarlo? 5. Prueba pericial mediante perito insaculado? ¿Por qué no? 6. ¿Qué validez como prueba tiene la contabilidad? 7. Medios de prueba ?low cost? 8. Conclusión Capítulo séptimo. ¿En qué casos es inconstitucional el IIVTNU y en cuáles podría serlo? 1. Principales cuestiones de inconstitucionalidad planteadas 2. Las sentencias del Tribunal Constitucional de 16-2-2017 y de 1-3-2017 3. Primeros pronunciamientos judiciales tras las sentencias del Tribunal Constitucional 4. Primera normativa aprobada tras las sentencias del Tribunal Constitucional 5. ¿Cómo actuar hasta que se resuelvan el resto de las cuestiones de inconstitucionalidad planteadas? Capítulo octavo. ¿Puede impugnarse el IIVTNU cuando hay errores o discrepancias en la información catastral? 1. ¿Hay que pagar el IIVTNU si el terreno transmitido está clasificado urbanísticamente como ?urbanizable?? 2. Los terrenos urbanizables, ¿son rústicos a efectos catastrales?: La sentencia de 26-3-2013 del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura 3. La sentencia de 30-5-2014 del Tribunal Supremo 4. La Ley 13/2015, de 24 de junio: Una solución incompleta 5. El IIVTNU de los suelos urbanizables, antes del 1-1-2015: ¿Puede solicitarse la devolución? 6. Impugnación del IIVTNU cuando hay discrepancias entre la superficie real del inmueble y la que consta en el Catastro 7. Impugnación del IIVTNU cuando el contribuyente constata que el valor catastral de su terreno es muy elevado 8. ¿Puede impugnarse el valor catastral de un terreno con motivo del recurso planteado contra la liquidación del IIVTNU? Capítulo noveno. ¿Es válido el pacto que obliga al comprador a pagar el IIVTNU? 1. ¿Estamos ante una cláusula abusiva? 2. La cuestión prejudicial planteada por la Audiencia Provincial de Oviedo y la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 16-1-2014 3. El Supremo recalca el carácter abusivo de la cláusula Capítulo décimo. ¿Puede recurrir el IIVTNU quien no es el sujeto pasivo? 1. A favor: Tribunal Superior de Justicia de Madrid 2. En contra: Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Granada) 3. Conclusión Capítulo undécimo. ¿Puede recuperarse el IIVTNU pagado con motivo de la disolución de una comunidad de bienes? 1. Interpretación sostenida hasta ahora por la Dirección General de Tributos: Las consultas V2669-10 y V0829-09 2. Cambio de criterio: Las consultas V0239-16 y V1702-16 3. Efectos del cambio de criterio para los contribuyentes Anexo. Formularios 1. Solicitud de rectificación de autoliquidación del IIVTNU 2. Recurso de reposición frente a liquidación del IIVTNU 3. Reclamación económico-administrativa frente a liquidación del IIVTNU (procedimiento abreviado-deudas inferiores a 6.000 euros) 4. Reclamación económico-administrativa frente a liquidación del IIVTNU (procedimiento ordinario-deudas superiores a 6.000 euros)

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