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En nuestro sistema de Seguridad Social, las contingencias profesionales han disfrutado tradicionalmente de una posicion privilegiada respecto a las contingencias comunes (alta de pleno derecho, inexigibilidad de perfodo previamente cotizado, principio de automaticidad en el pago, mejora de las prestaciones economicas, financiacion a cargo exclusive de la empress, aseguramiento opcional ante el INSS o las Mutuas de Accidentes...). Estas y otras diferencias se analizan en el presente estudio, en cuya realizacion ha primado el mismo enfoque juridico-practico que constituye la sena de identidad de los trabajos precedentemente publicados en esta colección.