La conclusión del concurso por inexistencia de bienes y derechos y su reapertura

La conclusión del concurso por inexistencia de bienes y derechos y su reapertura
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La promulgación de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, no ha conseguido resolver uno de los principales problemas que presentaba la anterior normativa de quiebras y suspensión de pagos: el mínimo grado de satisfacción de los acreedores. Entre las circunstancias que están en la base de esta insatisfacción se encuentra la escasa determinación del legislador en la valoración y regulación de la insuficiencia patrimonial del deudor común, insuficiencia para cumplir con la esencial función solutoria del concurso. La realidad demuestra que el concurso llega tarde a la situación de insuficiencia del patrimonio del deudor. El objetivo de este trabajo es el análisis de la problemática que presenta esa insuficiencia o inexistencia de bienes, si bien desde la específica perspectiva de la conclusión del concurso de sociedades mercantiles de capital, cuya actual regulación recoge tal situación como presupuesto para finalizar el proceso concursal. La oportunidad e interés de esta monografía se constata especialmente en la medida en que con ella se intentan solucionar graves problemas interpretativos derivados de la particular ?y sin duda confusa? regulación de nuestra norma concursal. Y es que, junto con los problemas naturales que pudiesen darse en el marco de un sistema depurado de conclusión del concurso por inexistencia de bienes, en el que el objeto de estudio tendría acotado su perímetro en cuanto a los presupuestos ?pago parcial a los acreedores concursales? o el momento en que podría declarase ?en relación con la fase de liquidación?, la regulación de esta causa de finalización del procedimiento concursal en nuestra norma obliga a analizar multitud de cuestiones controvertidas. Así entre otras, el propio concepto de inexistencia de bienes y su inclusión de la mera insuficiencia, o de la expresión inexistencia de terceros responsables, el momento procesal en que procede concluir el proceso por esta causa, y en particular el problema de la difícil coordinación entre esta fase conclusiva y otras fases, en especial la de calificación, el significado de la extinción de las sociedades como consecuencia de la conclusión y su técnica en el marco concursal o, por último y en conexión con la desaparición jurídica de la persona jurídica, la naturaleza del expediente de la reapertura. En definitiva pues se presenta un trabajo que intenta, desde un análisis riguroso de la normativa, ofrecer a los operadores una visión clarificadora de la inexistencia de bienes y derechos como causa de conclusión, buscando soluciones interpretativas que permitan aumentar el grado de satisfacción de los acreedores, y, en definitiva, que suponga un perfeccionamiento de nuestro proceso concursal en aras de conseguir que, efectivamente, cumpla su esencial finalidad solutoria. ÍNDICE ABREVIATURAS INTRODUCCIÓN PRIMERA PARTE LA INEXISTENCIA DE BIENES Y DERECHOS COMO PRESUPUESTO DE LA CONCLUSIÓN I. ANTECEDENTES HISTÓRICOS II. MARCO LEGAL 1. La conclusión y reapertura en la LC: causas III. LA INEXISTENCIA DE BIENES Y DERECHOS DEL DEUDOR O DE TERCEROS RESPONSABLES CON LOS QUE SATISFACER A LOS ACREEDORES COMO PRESUPUESTO DE LA CONCLUSIÓN 1. Planteamiento inicial 2. ¿Inexistencia o insuficiencia? 3. La imposibilidad de satisfacer a los «acreedores». ¿Acreedores concursales y/o acreedores contra la masa? 4. Bienes y derechos del deudor o de terceros responsables 4.1. El concepto de bienes y derechos del deudor. La relevancia del concepto de masa activa 4.2. El posible incremento de la masa. La viabilidad de las acciones de reintegración y los supuestos de responsabilidad de administradores, liquidadores o auditores 4.3. Los otros «terceros responsables». La posible existencia de patrimonios ajenos a la masa con los que satisfacer a los acreedores 5. La constatación del presupuesto de conclusión 5.1. Introducción 5.2. Posibles soluciones interpretativas: el informe contenido en el art. 176.4 y su relación con el informe del art. 75 y la «solicitud razonada» del art. 48.3 de la LC SEGUNDA PARTE LA DECLARACIÓN DE LA CONCLUSIÓN DEL CONCURSO POR INEXISTENCIA DE BIENES Y DERECHOS Y SUS EFECTOS I. LA DECLARACIÓN DE LA CONCLUSIÓN DEL CONCURSO POR INEXISTENCIA DE BIENES Y DERECHOS 1. El momento procesal 2. La declaración de la conclusión 2.1. El informe de los Administradores Concursales 2.2. La declaración de la conclusión y su contenido II. LOS EFECTOS DE LA DECLARACIÓN DE CONCLUSIÓN DEL CONCURSO 1. El problema de la liquidación de las sociedades sin patrimonio 2. Las relaciones entre la conclusión del concurso y la extinción de la sociedad 2.1. La caracterización de la extinción societaria en nuestro ordenamiento 2.2. La cancelación o cierre de la hoja registral 3. La extinción de la sociedad y su incidencia en los efectos de la conclusión previstos con carácter general 3.1. Introducción 3.2. La responsabilidad del deudor por las obligaciones restantes 3.3. Otros efectos de la conclusión sobre los acreedores 3.4. La responsabilidad de los administradores societarios y «prescripción» TERCERA PARTE LA REAPERTURA DEL CONCURSO PREVISTA EN LA LEY CONCURSAL I. ANTECEDENTES HISTÓRICO-LEGISLATIVOS DE LA REAPERTURA 1. En el Código de Comercio de 1885 2. En los intentos reformistas previos a la Ley Concursal de2003 II. LA CONFIGURACIÓN DE LA REAPERTURA EN LA LEY CONCURSAL DE 2003 1. Principios en los que se basa la institución de la reapertura 2. La reapertura subsiguiente a la conclusión del concurso por falta o insuficiencia de bienes o derechos del deudor 3. La transición del convenio a la liquidación como solución legal ante el incumplimiento y la anulación del convenio III. NATURALEZA JURÍDICA DE LA REAPERTURA DEL CONCURSO: DIFERENCIA ENTRE LA REAPERTURA EN CASO DE DEUDORES PERSONAS NATURALES Y PERSONAS JURÍDICAS 1. Planteamiento general 2. Posición de la Ley Concursal IV. PRESUPUESTOS DE LA REAPERTURA 1. Presupuesto objetivo 2. Presupuesto temporal 3. Presupuesto subjetivo 3.1. El Juez competente para conocer de la reapertura 3.2. Partes legitimadas para solicitarla 4. Presupuesto formal 4.1. Forma y contenido de la resolución judicial 4.2. Publicidad V. EFECTOS DE LA REAPERTURA VI. OPERACIONES DE LA REAPERTURA 1. Planteamiento general 2. El nuevo informe de la administración concursal 2.1. Cuestión previa 2.2. Contenido y plazo de presentación del «nuevo informe» 2.3. Actualización del inventario 2.4. Actualización de la lista de acreedores 2.5. Publicidad y posible impugnación del inventario o de la lista de acreedores VII. SOLUCIONES PARA EL CONCURSO REABIERTO BIBLIOGRAFÍA

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