La Negociación Colectiva , Entre Tradición y Renovación

La Negociación Colectiva , Entre Tradición y Renovación
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En 1898, el matrimonio Webb publicaba La democracia industrial, una de las obras fundacionales de ese área de conocimiento e investigación que, no mucho más tarde, habría de identificarse como industrial relations. Fue éste un estudio que, como habría de sentenciar casi medio siglo después Lord Beveridge, constituyó «un ejemplo de ciencia política y de sociología basado no en teorías, sino en la descripción y análisis de las instituciones». Reflexionando sobre las funciones del sindicato, Sydney y Beatrice Webb constataron que el denominado por ellos «método del convenio colectivo» había «suplantado, de uno u otro modo, al antiguo contrato individual entre patrón y trabajador», instalando en el baúl de la memoria esa «casi unánime» idea, que venía siendo defendida y aplicada con anterioridad por los empresarios, a tenor de la cual estos pagarán «a cada trabajador según su necesidad o mérito, y no tratarán con nadie más que con (sus) propios operarios». Las palabras escritas por Sydney y Beatrice Webb han logrado conservar, más de cien años después, todo su vigor y rigor descriptivos. Al margen de las particularidades de los sistemas europeos de relaciones laborales, las cuales traducen con apreciable fidelidad la pluralidad de los factores que inciden en esos sistemas y la diversidad con que los mismos interactúan entre si en sentido tanto diacrónico como sincrónico; dando de lado todo ello, digo, la negociación colectiva sigue siendo el principal instrumento de regulación de condiciones de trabajo, habiendo logrado erigirse, adicionalmente y con el transcurso del tiempo, en la columna vertebral de esos sistemas, en el eje en el que converge y por el que transita la densa y compleja problemática que gobierna no solo ni tanto el mercado de trabajo sino, además y con mayor alcance, uno de los más arraigados y persistentes conflictos que atraviesa la formación social de nuestros días: el conflicto que enfrenta, de manera a veces latente y contenida y en otras abierta y liberada, a quienes son titulares de las organizaciones de producción de bienes o prestación de servicios y a quienes tienen como preferente o único patrimonio su fuerza de trabajo. A pesar de los constantes embates que ha debido sufrir a lo largo de su aplicación, embates estos intensificados en las dos últimas décadas a resultas, en gran medida, de la renovación ideológica y política que las tesis neoliberales han aportado al capitalismo, la negociación colectiva ha terminado por convertirse en una pieza insustituible en la configuración y funcionamiento de las economías sociales de mercado. La respuesta a quienes hoy pretenden en nombre de una omnisciente «eficiencia económica» invertir el sentido de la historia, proponiendo ahora, sin disimulo ni vergüenza alguna, la suplantación del método negocial por el antañón método normativo individual, exige, antes de nada, un giro en el enfoque metodológico o, por mejor decirlo, en el terreno mismo del debate, transfiriéndolo desde el parcial ángulo que suministra la economía al más general que ofrecen los valores de un sistema de convivencia democrática. Desde este ángulo de análisis, la negociación colectiva ?y la afirmación es también predicable del sindicato? no es una simple, complicada y en ocasiones incómoda herramienta de gestión del mercado de trabajo y de la propia organización de trabajo. Una y otro son, ante todo y sobre todo, dos de las más relevantes instituciones que se encargan de adjetivar como social a la economía de mercado, procurando dotarla de unos principios de justicia y de libertad. En su condición de nutriente de la economía social de mercado o, si se prefiere, del orden político democrático, la negociación colectiva no puede ser entendida y tratada como un remedio ultima ratio, al que es aconsejable solo acudir de modo oportunista a fin de dar apariencia de legitimidad social a unas contrariadas decisiones empresariales listas para su inmediata adopción por haber sido ya predeterminadas. A un nivel que no intenta ser más ambicioso sino, sencillamente, más adecuado, la autonomía negocial es el primer y preferente instrumento para el gobierno de un sistema de relaciones laborales acorde a los valores de igualdad y equidad. Por consiguiente, cualquier intento de desplazarla hacia zonas marginales o periféricas en nombre de la libertad de los individuos o, de manera más grosera, de la eficiencia de los mercados pone en peligro las bases político-sociales del sistema democrático e, incluso, el sistema mismo. El libro que el lector tiene ahora en sus manos recoge, íntegramente las más de las veces o con carácter parcial las menos, buena parte de los estudios sobre esta institución, escritos y publicados a lo largo de los últimos quince años, en entornos políticos y económicos bien distintos. En realidad, esta obra prosigue a una anterior, editada en 1996 (Relaciones laborales, negociación colectiva y pluralismo social), y que igualmente recopila los ensayos sobre la contratación colectiva elaborados hasta entonces desde el comienzo del período constitucional. El título pretende sugerir, utilizando una fórmula de síntesis, una idea sencilla: tradición y renovación son los atributos que han venido distinguiendo a nuestro sistema negocial y que reflejan y traducen la firme voluntad del mismo de adaptar los objetivos que desde los momentos germinales ha procurado cumplir a los nuevos contextos y realidades surgidos por la emergencia de factores de muy diversa índole. O por formular la idea en otros términos: el cambio y la continuidad designan el itinerario por el que la autonomía negocial ha transitado y transita, siguiendo las estrategias elaboradas en cada circunstancia y momento concretos de manera convenida por los agentes sociales y económicos en un marco que, a pesar de las pulsiones dirigistas, no puede dejar de ser calificado como libre y autónomo. Con motivo de la presentación de la anterior obra recopilatoria, manifestaba que los estudios ahí compilados cerraban un ciclo histórico en la historia más reciente de nuestra negociación colectiva, iniciada con la promulgación de la Constitución, proseguida con la aprobación del primer Estatuto de los Trabajadores y concluida con la modificación del texto estatutario por la Ley 11/1994. A fecha de hoy, no sería esa una aseveración que conviniera a esta segunda obra recopilatoria, que pone un punto y aparte y, en modo alguno, un nuevo capítulo o, lo que resultaría resueltamente inquietante, el epílogo a un sistema libre y autónomo de contratación colectiva. Pero tampoco sería, al menos la dibujada por la primera hipótesis, un escenario por completo descartable, dado el mar de fondo que, desde distintas instancias, se viene anunciando como posible o probable. En un plazo breve quedará despejado este interrogante. Pero defina o no una nueva fase histórica en el devenir de nuestra autonomía negocial, esta obra sí clausura otra etapa, instalada ahora en un ámbito más personal. Hace más de treinta y cinco años que publiqué, con ocasión de la preparación del tercer ejercicio de las tradicionales oposiciones a Profesor Agregado de Universidad, el primero de mis estudios sobre negociación colectiva, dedicado en aquella ocasión a las comisiones paritarias, las cuales y por cierto han sido potenciadas e impulsadas por la última de las reformas del Título III del ET, la instrumentada por el RD-Ley 7/2011. Tan dilatado período de tiempo prácticamente coincide con mi trayectoria académica, instalada ya en una fase conclusiva. Será ésta pues y de seguro la segunda y última de las obras que refunda lo que, para mí, ya representa, al menos cualitativamente, la parte más relevante de mis esfuerzos e inquietudes investigadoras en el campo de las relaciones laborales y, probablemente y también, en el de la teoría del derecho. Como colofón a estas sumarias líneas de presentación, no puedo, y tampoco quiero, dejar de reconocer algunas de las abundantes deudas de gratitud que esta obra tiene. Comenzando por la más inmediata y visible, su publicación se debe al generoso tesón e interés de ese insigne compañero iuslaboralista, José Luis Monereo Pérez, al que reitero aquí mi estima personal y mi máximo respeto profesional. En otro terreno, en el intelectual, este libro, como le sucede a toda mi obra científica, más en general, es tributario de las enseñanzas de quienes considero mis maestros. De un lado, de quien aceptó sin reserva alguna la carga de ejercer como tal: Gaspar Bayón Chacón. De otro, de quienes, sin asumir una posición de magisterio, me han concedido la posibilidad de disfrutar de su magistral oficio universitario: Miguel Rodríguez-Piñero y Bravo-Ferrer y Luis Enrique de la Villa Gil. Finalmente, de quienes, a lo largo de más de treinta años, decidieron confiarme, en los momentos iniciales de su andadura en los escenarios universitarios, la dirección de su actividad científica y cuyo saldo terminó siempre del mismo modo: a través de una fecunda y recíproca relación de aprendizaje. Todas ellas 1 y todos ellos 2 tuvieron a bien transmitirme sus conocimientos, al tiempo que regalarme su inestimable amistad y afecto. Por último y en un escenario ya más intimista, los estudios aquí reunidos no se hubieran gestado y materializado sin el sistemático y persistente hurto por mi parte de ese escaso bien del que todos disponemos y que no siempre queremos o sabemos administrar con sabiduría y altruismo: el de la dedicación y atención personales y el de la compañía cómplice o, en breve, el del tiempo compartido con las personas más próximas y queridas. El nombre de Berna colma la mayor parte de este tercer capítulo de deudas de gratitud por mí contraídas. PRESENTACIÓN INTRODUCCIÓN EL SISTEMA ESPAÑOL DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA, ENTRE LA CONTINUIDAD Y EL CAMBIO 1. NEGOCIACIÓN COLECTIVA Y SISTEMAS DE RELACIONES LABORALES: MODELOS TEÓRICOS Y OBJETOS Y MÉTODOS DE INVESTIGACIÓN 2. EL SISTEMA ESPAÑOL DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA, ENTRE LA CONTINUIDAD Y EL CAMBIO 3. ORIENTACIONES PARA UNA REFORMA DE LA ORDENACIÓN JURÍDICA DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA 1. Los grandes problemas de la ordenación de la disciplina estatutaria de la negociación colectiva 2. Los ejes de la reforma A. El sistema de fuentes: la normalización de todos los instrumentos contractuales B. La acomodación de las reglas de legitimación negocial a niveles negociales no contemplados legalmente C. La estructura de la negociación colectiva: el reconocimiento de la diversidad y la recuperación de la autonomía CAPÍTULO PRIMERO LA CONFRONTACIÓN ENTRE LOS MODELOS CONSTITUCIONAL Y LEGAL 1. EL DERECHO CONSTITUCIONAL A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA I. La estructura del art. 37.1 CE II. El derecho a la negociación colectiva en la jurisprudencia constitucional 1. Introducción 2. Las bases constitucionales del derecho a la negociación colectiva A. La eficacia directa del art. 37.1 CE. Y el reconocimiento a la negociación de eficacia limitada de cobertura constitucional B. La titularidad del derecho a negociar C. El alcance objetivo del art. 37.1 CE: la exclusión de la negociación colectiva de los funcionarios públicos D. Los límites a la libertad de estipulación a. Autonomía individual y negociación colectiva b. Orden legal y negociación colectiva c. Orden constitucional y negociación colectiva. La afectación del principio de igualdad a la actividad contractual colectiva 3. El derecho a la negociación colectiva como contenido esencial de la libertad sindical A. La doctrina general B. Legitimación negocial y libertad sindical III. Bibliografía citada 2. LA EFICACIA JURÍDICA DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS 1. La tenaz actualidad de un debate clásico 2. La noción de eficacia jurídica del convenio colectivo: un intento de reconstrucción histórico-sistemática y comparada 3. Un ensayo de reconstrucción unitaria de la eficacia jurídica del convenio colectivo en el sistema español de relaciones laborales A. La garantía constitucional de la fuerza vinculante de los convenios a) La eficacia inmediata de la garantía constitucional b) La eficacia imperativa e inmediata de los convenios colectivos, como núcleo esencial de la garantía constitucional c) El ámbito objetivo de protección de la garantía constitucional B. El desarrollo legal de la garantía constitucional de la fuerza vinculante de los convenios colectivos 3. EL MODELO ESPAÑOL DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA I. Introducción II. Negociación colectiva y Constitución 1. Los elementos del sistema de negociación colectiva constitucionalmente enunciados: la pluralidad de opciones políticas 2. Los límites del legislador ordinario en desarrollo del modelo abierto de negociación colectiva 3. Los rasgos del modelo constitucional de negociación colectiva A. El carácter promocional de la intervención de ley B. La tutela constitucional del derecho a la negociación colectiva a. El principio de libertad de contratación b. La fuerza vinculante del convenio colectivo III. Negociación colectiva y Estatuto de los Trabajadores 4. El desarrollo de los mandatos constitucionales A. La promoción de la negociación colectiva a. Las medidas legales de promoción b. ¿Hacia un cambio en el modelo promocional de negociación colectiva? B. La tutela legal del derecho a la negociación colectiva a. El principio de libertad de contratación b. El inacabable debate sobre la fuerza vinculante de los convenios colectivos 5. El paradigma estatutario de negociación colectiva: su vigencia social IV. Bibliografía citada 4. EL LUGAR DEL CONVENIO COLECTIVO EN EL SISTEMA ESPAÑOL DE FUENTES DEL ORDENAMIENTO LABORAL 1. La tradicional preferencia reguladora asumida por la legislación. La compatibilidad constitucional de la intervención del Estado en el campo de las relaciones laborales 2. Los elementos de continuidad del modelo clásico de intervención del Estado en el ET-1980 3. Las transformaciones en el sistema de fuentes A. La crisis de la función tradicional de la legislación laboral B. La aparición y consolidación de nuevas funciones del convenio colectivo C. Los cambios en la naturaleza de las estipulaciones pactadas D. Las nuevas relaciones ley-convenio colectivo 4. Bibliografía citada CAPÍTULO SEGUNDO CONCERTACIÓN SOCIAL Y DIÁLOGO SOCIAL: TEORÍA Y EXPERIENCIAS 1. LA LEGISLACIÓN LABORAL NEGOCIADA ENTRE LA CONCERTACIÓN SOCIAL Y EL DIÁLOGO SOCIAL 1. La legislación negociada: un procedimiento normativo de síntesis en el proceso histórico de juridificación de las relaciones de trabajo 2. El lugar de la legislación negociada en el ordenamiento jurídico a. El acuerdo social como condición necesaria de la legislación negociada b. Una digresión: concertación social autonómica y establecimiento de un marco autonómico de relaciones laborales 3. Legislación negociada y tipos de sistemas de relaciones laborales neocorporativos 4. Concertación social y legislación negociada en el sistema español de relaciones laborales 2. EL ACUERDO INTERCONFEDERAL PARA LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2002, DESDE LA PERSPECTIVA JURÍDICA 3. CONCERTACIÓN SOCIAL Y MERCADO DE TRABAJO 4. EL ACUERDO INTERCONFEDERAL PARA LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2007 5. LA PRÓRROGA PARA EL 2008 DEL ACUERDO INTERCONFEDERAL PARA LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2007 6. EL ACUERDO PARA EL EMPLEO Y LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA (2010, 2011 Y 2012) CAPÍTULO TERCERO LA ESTRUCTURA DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA 1. LA ESTRUCTURA DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA 1. Configuración general 2. Los niveles de negociación A. Sus elementos básicos B. Tipología A. La elección del nivel de negociación y sus límites B. La constitución de niveles típicos de negociación C. La estructura negocial, entre la continuidad y el cambio 3. Las relaciones entre los niveles de negociación A. Los dos grandes modelos de carácter procedimental B. Los dos grandes modelos de carácter sustantivo C. Un apunte sobre experiencias de modelos de estructuras contractuales 2. DIRIGISMO Y AUTONOMÍA COLECTIVA EN LOS PROCESOS DE REFORMA DE LA ESTRUCTURA CONTRACTUAL 1. ¿Hacia un nuevo modelo de estructura de la negociación colectiva? 2. Estrategias sindicales, cambios en los espacios normativos entre ley y convenio colectivo y reforma del marco legal de la estructura contractual 3. La plasmación normativa de la descentralización contractual territorial: un test sobre su racionalidad finalista 4. Centralización contractual y proceso de derogación de las Ordenanzas Laborales 5. Reforma de la estructura contractual y autonomía colectiva A. El modelo de negociación articulada diseñado por el Acuerdo Interprofesional sobre Negociación Colectiva B. Las concreciones del nuevo sistema negocial efectuadas por la negociación colectiva sectorial 6. Problemas de implantación de un sistema de negociación colectiva articulada A. Su frágil y anómala efectividad B. La insólita declaración de ilegalidad 7. A modo de conclusión o sobre la necesidad de una reforma legislativa 3. PROCESO DE SUSTITUCIÓN DE LAS ORDENANZAS LABORALES Y CAMBIOS EN LA ESTRUCTURA DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA: UNA APROXIMACIÓN 4. NOTAS PARA UNA REFORMA DEL MARCO LEGAL DE LA ESTRUCTURA CONTRACTUAL 1. La estructura contractual en España, entre la estabilidad y el cambio 2. El Acuerdo Interconfederal sobre negociación colectiva A. Los principios del modelo pactado de estructura contractual: autonomía y flexibilidad B. El paradigma de estructura contractual: un modelo de negociación articulada sobre distintos niveles C. El reparto de materias entre los niveles de negociación establecido en el paradigma de negociación articulada D. La necesidad de una reforma legislativa 3. Un elenco de alternativas de reforma 4. A modo de conclusión CAPÍTULO CUARTO EL MARCO LEGAL DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATUTARIO: CONSENSOS Y DISENSOS 1. LA LEGITIMACIÓN EMPRESARIAL PARA NEGOCIAR CONVENIOS ESTATUTARIOS 1. Introducción 2. La legitimación para negociar convenios de empresa o inferior 3. La legitimación negocial en los convenios supraempresariales A. La legitimación inicial: el doble criterio de selección de los sujetos legitimados a. El criterio asociativo b. El criterio de la representatividad B. La legitimación deliberante C. La acreditación de la representatividad empresarial D. Las reglas especiales de la legitimación para negociar convenios de ámbito estatal E. La comisión deliberadora: dos últimos problemas 2. LA LEGITIMACIÓN NEGOCIAL EN LOS GRUPOS DE EMPRESA: ANOMÍA LEGISLATIVA E INCERTIDUMBRE JURISPRUDENCIAL 3. EL CONTENIDO NORMATIVO DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATUTARIO 1. Introducción 2. Las nociones de cláusulas normativas y obligacionales: un intento de reconstrucción histórico-sistemática y comparada 3. La difícil aplicación en nuestro derecho positivo de la noción de contenido normativo del convenio colectivo A. El marco jurídico general B. La desnaturalizada recepción por el ET de la teoría de la dualidad del contenido del convenio colectivo C. La recreación por la jurisprudencia del concepto de contenido normativo 4. El contenido «mínimo» del convenio colectivo 4. LAS COMISIONES PARITARIAS Y LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN EL MARCO DEL ASEC: ALGUNOS PUNTOS CRÍTICOS 5. NEGOCIACIÓN COLECTIVA CONCESIVA Y MEJORAS VOLUNTARIAS DE SEGURIDAD SOCIAL: NOTAS DE UN DEBATE 1. Protección social voluntaria y negociación colectiva 2. Mejoras voluntarias de la Seguridad Social y negociación colectiva concesiva: los términos de un debate 3. ¿Tienen los sujetos negociadores capacidad de representación de los pensionistas? 4. La aplicación a la negociación colectiva concesiva en materia de mejoras voluntarias de la Seguridad Social del principio de temporalidad: objeciones y límites 6. INTERPRETACIONES JURISPRUDENCIALES SOBRE NEGOCIACIÓN COLECTIVA: UNA MIRADA CRÍTICA 1. Aplicaciones jurisprudenciales de la doctrina de la negociación extraestatutaria A. La nulidad predicable de cualquier acuerdo firmado por una minoría de representantes unitario B. Las denominadas adhesiones individuales de los trabajadores a un convenio, pacto o acuerdo extraestatutario 2. Jurisprudencia sobre negociación colectiva en 2009 3. Jurisprudencia sobre negociación colectiva en 2010 CAPÍTULO QUINTO EN LOS BORDES DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA 1. LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN LA FUNCIÓN PÚBLICA 1. Contrato de trabajo, empleo público y negociación colectiva 2. Las mesas sectoriales de negociación en las Administraciones Públicas: continuidad y cambio de su ordenación jurídica 2. LA CONTRATACIÓN COLECTIVA EUROPEA: MÁS QUE UN PROYECTO Y MENOS QUE UNA REALIDAD CONSOLIDADA 1. Introducción 2. Los inicios de la contratación colectiva europea: del paritarismo consultivo a los acuerdos colectivos de empresas transnacionales 3. El diálogo social europeo 4. El reconocimiento del derecho fundamental de participación social europea: el Acuerdo al Protocolo Social de Maastricht 5. La transposición de directivas comunitarias mediante la negociación colectiva 6. Deber de consulta, iniciativa legislativa y negociación colectiva 7. La negociación colectiva europea y la aplicación de sus resultados 8. Qué futuro para la negociación colectiva europea? El progresivo cierre de un trabajo semielaborado

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