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El multiculturalismo no es un fenómeno nuevo puesto que ha sido una constante en la historia de la humanidad, aunque a lo largo de los últimos años ha experimentado un mayor desarrollo debido a los fenómenos migratorios. En este trabajo se tratan los efectos de los matrimonios polígamos en nuestro ordenamiento jurídico, partiendo de la consideración de que el sistema matrimonial español es monógamo, sin perder de vista que la nueva realidad social existente, en relación con los mismos, podría implicar, de un lado, que los contrayentes tengan que adaptarse a las normas de ese país, y, de otro, que el Estado entendiese la necesidad de un cierto reconocimiento. Teniendo en cuenta este planteamiento genérico se hace necesario particularizar este tipo de situaciones en distintos ámbitos del derecho. Nuestro ordenamiento jurídico contiene una serie de disposiciones, entre las que se encuentra el Código civil y el Código penal, que pretenden evitar que se produzca este tipo de matrimonios. Estamos -por lo tanto- ante una serie de mecanismos de protección encaminados a preservar y controlar la institución matrimonial, de tal forma que si se aplican todos los controles previstos sería difícil que se lleven a cabo estos matrimonios. En lo que respecta a nacionales de terceros países, en los que, si se reconoce esta figura, se analizan los posibles efectos de la poligamia, y en este sentido veremos que no existe un único planteamiento, puesto que está sometida a efectos positivos y negativos. Y en lo concerniente al ámbito jurisprudencial, el mismo se configura como una vía conciliadora tendente a reconocer esta figura en determinados supuestos. Aspectos todos estos que son objeto de desarrollo de forma pormenorizada en esta monografía. La problemática que se pretende afrontar se centra en el binomio matrimonios polígamos - pensión de viudedad ante su posible reconocimiento en España. Comenzaremos analizando esta problemática desde el punto de vista de nuestro ordenamiento jurídico para establecer si la misma puede ser objeto de reconocimiento, tanto desde el punto de vista legal como jurisprudencia.