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1ª Edición / 276 págs. / Rústica / Castellano / Libro
La financiación autonómica es uno de los grandes temas que han planteado la instauración del Estado de las Autonomías por la Constitución de 1978. Aún cuando inicialmente se prestó una mayor atención al diseño de un sistema de gastos, hoy por hoy el punto de mira se centra en los ingresos. Se aspira, en definitiva, a articular la tan nombrada corresponsabilidad fiscal. Este es, precisamente, el marco general en el que se inserta la presente monografía. Los puntos de conexión en el ámbito tributario interno operan como mecanismos esenciales de distribución del poder entre el Estado y las Comunidades Autónomas: competencias normativas, de gestión y los derechos sobre la recaudación, La transcendencia es aún mayor tras la Ley 14/1996, de 30 de diciembre, de Cesión de Tributos del Estado a las Comunidades Autónomas y de medidas fiscales complementarias pues aporta como novedad la cesión del IRPF con el límite del 30% y la posibilidad a las autonomías de ejercer capacidad normativa sobre los tributos cedidos, capacidad de hecho ya utilizada por alguna de ellas. El punto de conexión determinará, por ejemplo, si un particular tiene derecho a aplicar el 5% de deducción por inversiones en la adquisición de primera vivienda en La Rioja con independencia de la que con carácter general se establece en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. El presente trabajo es un estudio completo de los puntos de conexión en el ámbito tributario autonómico. Completo en un doble sentido: porque se incluye tanto la normativa que afecta a las Comunidades Autónomas de régimen común como foral (Convenio y Concierto con Navarra y País Vasco respectivamente); y porque se tratan todos los puntos de conexión existentes en dicha regulación: condición política, residencia habitual, domicilio fiscal, lugar de situación de los bienes y lugar de realización de la actividad.