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Existe una realidad innegable, como es el curso legislativo tan distinto que está siguiendo España ante las decisiones provenientes de la Unión Europea en materia de Justicia, donde se puede apreciar el diferente tratamiento que nuestro sistema legal ha mantenido respecto de dos posibles fórmulas de reforma, a saber: la digitalización judicial y el principio de oportunidad.
En este contexto, pese a que la «vieja ya» institución conocida como principio de oportunidad en la persecución sigue pendiente de discusión sin visos de adopción por el legislador debido a sus fuertes reticencias, no ha ocurrido lo mismo con otra fórmula de reforma de la Justicia, mucho más reciente en su historia, como es la implantación de la digitalización judicial y la Inteligencia Artificial que, sin apenas discusión y oposición, se encuentra ya instaurada en nuestro ordenamiento jurídico a través del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.
Por este motivo, en esta obra se podrá encontrar un estudio completo sobre el principio de oportunidad, conforme al cual parece que encuentra su principal obstáculo en su confrontación con el principio de legalidad en su aspecto penal y procesal, y que nos permite concluir que tal confrontación no se produce en realidad.
Hemos considerado que, quizá, se encuentre aquí el quid de la cuestión, por lo que superada esta salvedad, planteamos como respuesta una propuesta práctica de aplicación del principio de oportunidad en el ejercicio de la acción penal atribuida al Ministerio Fiscal, conforme a la cual podría darse entrada a dicho principio en nuestro sistema legal, al igual que se ha hecho con la digitalización de la Justicia y la Inteligencia Artificial.