¿Aún no tienes una cuenta? Crea una ahora y accede a tus listas favoritas, tu histórico de cuentas y muchas más cosas...
Pedidos y atención al cliente
TLF: 963 392 051 / FAX: 963 615 480
En papel: Entrega en 5-7 días |
|
|
Consultar disponibilidad en tiendas
Consultar disponibilidad en tiendasLos plazos estimados son para pedidos realizados antes de las 14:00h del viernes (salvo error o situaciones especiales: festivos, inventarios,etc).
|
La violencia de género no resulta un fenómeno novedoso. Lo que sí que resulta novedoso, y sorprendente, es que en el siglo XXI no solo no haya desaparecido, sino que haya adoptado nuevas formas de manifestarse adaptadas a la nueva realidad social. Sin embargo, todas esas manifestaciones tienen un denominador común: la idea del control de las mujeres por parte de algunos hombres.
Los nuevos medios de que se dispone para ejercer ese control y el incremento del mismo en el seno de las parejas más jóvenes, genera una preocupación que constituye el objeto de análisis de este trabajo.
La aparición del entorno virtual y sobre todo el cambio de paradigma de la intimidad a la extimidad con el uso de redes sociales ha provocado que nos encontremos con conductas, aparentemente inofensivas, y muchas veces no perseguibles penalmente por su poca lesividad para bienes jurídicos esenciales y, por otra, que hayan aparecido nuevas figuras como el «sexting» y el «stalking» que, aunque pueden dotar de cobertura penal a ciertas acciones que tendrían difícil encaje en otros preceptos del código, no necesariamente deberían haberse tipificado, o no de la manera como se ha hecho.
Se pretende en este trabajo explicar el cambio social y normativo para concluir como se llega a la idea de castigo de la violencia de control, y apuntar algunas consideraciones sobre las situaciones que jurisprudencialmente se consideran de control (la habitualidad), el cambio en la consideración de la misma desde el punto de vista material y procesal.
Por último se trata de explicar dos figuras delictivas nuevas, y que tienen una consideración especifica como tipos agravados de violencia de género y/o familiar, y que plantean bastantes dudas en su interpretación.
El trabajo tiene una naturaleza investigadora, pero también contiene una revisión de la jurisprudencia emitida sobre la materia hasta el momento, con el fin de proporcionar una herramienta útil a los investigadores pero también a los prácticos del Derecho.